sábado, 19 de marzo de 2022

Un poco de historia. Mónica Casado, representante de Canteras Tanit, acusó al Alcalde de machista: "No se nos concede la explotación de la cantera porque soy mujer".

Este era el titular del artículo: 

"Mónica Casado, representante de Canteras Tanit, manifiesta que el Ayuntamiento rechaza su proyecto "porque lo ha solicitado una mujer".


     El 8 de abril del 2021, dos días después de que el Alcalde diera a conocer a la opinión pública la interposición de un Recurso Contencioso Administrativo a la Junta por autorizar un permiso de Investigación a Canteras Tanit Tres, S.L. Mónica Casado Barba, representante de la empresa, le replicaba al Alcalde.

     Lo hacía sacando los pies de las aguaderas, como decimos por aquí, al acusar al Alcalde nada menos que de "machista". Afirmaba  Casado que "el Alcalde rechaza el proyecto porque lo ha solicitado una mujer". 

        Que la representante de una empresa argumentara en su defensa "que por ser mujer no le da la razón el Alcalde", era rizar el rizo del victimismo y de un feminismo trasnochado y fuera de lugar que nada tiene que ver con los trámites que se tienen que seguir para obtener la solicitud de una Licencia.   

   Nada menos que esta señora finalizaba su escrito afirmando: "el Alcalde festeja el Día de la Mujer, pero luego no lo aplica, rechazando un proyecto porque lo solicita precisamente, una mujer”. 

La representante de Canteras Tanit Tres S.L. confundía el tocino con la velocidad. Era la primera vez que se aplicaban argumentos tan pobres y tan poco sólidos para defender poder extraer piedras en una parcela que linda con un especio protegido por el Decreto 288/2004.

ESTE ERA EL INFUMABLE COMUNICADO DE LA REPRESENTANTE DE "CANTERAS TANIT TRES", S.L.

 Mónica Casado Barba es la portavoz de la empresa "Canteras Tanit" S.LEsta es la empresa que lleva varios años intentando realizar una investigación para estudiar la viabilidad de explotar una cantera en Caudete, algo que choca frontalmente con las intenciones del Ayuntamiento de Caudete, que ha llegado, incluso, a denunciar recientemente a la Junta por esta cuestión.

           Según Mónica Casado“yo no he cometido ninguna ilegalidad. El Ayuntamiento me está privando de un derecho por ser mujer, porque está comprobado que cuando ha sido alguien del otro sexo, sí que se han concedido, no sólo la investigación, sino hasta la explotación. 

   Prueba de ello es que en la zona donde solicitamos la Licencia que nos deniegan hay canteras, y alguna no muy antigua, incluso gravera. Además, en esa zona ya hay una calicata que se hizo en su día y no dañó a Los Arenalesporque está fuera de la zona protegida y en zona privada, la misma zona donde tenemos que hacer la investigación“.

  “Hago un llamamiento al derecho de la mujer y la igualdad de género, porque las mujeres tenemos los mismos derechos a trabajar en los mismos puestos de trabajo. Yo siempre he dicho, y diré, que vamos a cuidar el Medio Ambiente y proteger a Los Arenales, y esto es compatible con dar puestos de trabajo a los caudetanos en esa zona donde no afecta a la Microrreserva, cuando hay tantas familias con necesidad de trabajar”, subraya Casado.

     La representante de Canteras Tanit S.L. explicaba los pormenores de las normas que afectan a este caso, que dicen, textualmente, que “corresponde a la Dirección Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo en Albacete resolver sobre la necesidad de ocupación, en virtud de lo dispuesto en los artículos 32.8 y 39.2 b) de la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, del Estatuto de Autonomía de Castilla–La Mancha; el artículo 107.2 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas; los artículos 1.m) y 12.3 del Decreto 81/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y los artículos 8 y 9 del Decreto 167/2015, de 21 de julio, por el que se regula la estructura orgánica y las competencias de las Delegaciones Provinciales de la Junta de Comunidades de Castilla –La Mancha y de las Direcciones Provinciales de las Consejerías”.

“En segundo lugar”, continúaba diciendo, “el otorgamiento del Permiso de Investigación referido confiere a Explotación de Canteras Tanit, S.L., en cuanto titular del mismo, el derecho a la ocupación temporal de los terrenos necesarios para la realización de los trabajos y servicios correspondientes, y lleva implícita la declaración de utilidad pública, a efectos de su inclusión en el apartado 1 del artículo 108 de la LEF, en virtud de lo establecido en el artículo 104 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas y en el artículo 130 del Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por el Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto”.

“En tercer lugar, el artículo 15 de la Ley, de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, establece que declarada la utilidad pública, la Administración resolverá sobre la necesidad concreta de ocupar los bienes que sean estrictamente indispensables para el fin de la expropiación. 

Para ello, los artículos 17 y 18 del citado texto legal continúan diciendo que el beneficiario de la expropiación estará obligado a formular una relación concreta e individualizada, en la que se describan, en todos los aspectos, material y jurídico, los bienes y derechos que considere de necesaria ocupación, la cual será sometida a información pública durante un plazo de quince días”, subraya.

Cuarto: "para resolver sobre la necesidad de la ocupación se exige un pronunciamiento específico, tras la fase de información pública, y supone justificar la necesidad de ocupar la parcela afectada, constando en el expediente resolución de fecha 6 de mayo de 2019 de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, favorable a la ocupación”, indica Mónica Casado.

“Y en quinto lugar, habiéndose cumplido los trámites exigidos en la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas y su Reglamento, así como en la Ley, de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa y su Reglamento, y conforme al informe obrante en el expediente, procede declarar la necesidad de ocupación de los terrenos que más abajo se relacionan, por considerarlos estrictamente indispensables para poder llevar a cabo los trabajos del Permiso de Investigación nº 1941 "Tanit Tres, citaba textualmente.

La documentación que daba a conocer a la opinión pública decía, de forma literal, “Por lo expuesto, vistas las disposiciones citadas y, a tenor de lo establecido en el artículo 107.2 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, el artículo 133.2 del Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por el Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, así como el artículo 20 de la Ley, de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, esta Dirección Provincial Resuelve:

Primero: Aprobar definitivamente la relación de bienes y derechos afectados, que se concretan de forma individualizada en el Anexo I.

Segundo: Declarar la necesidad de ocupación de las superficies de las parcelas referidas en el apartado anterior, iniciándose con este acuerdo el expediente de ocupación temporal.”

Mónica Casado se mostraba categórica: “Todo lo hemos hecho conforme a la ley vigente, incluido el control de Medio Ambiente, gente especializada que si hubiese habido algún indicio, por pequeño que fuese, de poder dañar a Los Arenales, no nos lo hubiesen aprobado”.

Para terminar, afirmaba que “es muy fácil denunciar, aunque sea sin razón, cuando se hace con el dinero del pueblo. Y mucho anunciar el Alcalde el "Día de la Mujer", pero luego no lo aplica, rechazando un proyecto porque lo solicita, precisamente, una mujer”. 


 

7 comentarios:

  1. Yo sé que esta señora tendrá que desarrollar su trabajo, y que debe de hacerlo muy bien, pero con este comentario, flaco favor nos hace al colectivo de la mujer.

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  2. Cuando e tenido que criticar a nuestro Alcalde, lo e hecho.
    Romperé una lanza en favor del nuestro alcalde el Sr. Moisés:
    Gracias Sr. Medina por ponerle cara a la Señora Mónica Casado, llamemos la ilustre, pues después de lo expuesto se nos puede ofender de otras formas.
    Una empresa que se precie como, Canteras Tanit S.L. no se entiende que tenga una representante con tampocas luces, y se valga de su condición deujer para hacer un daño a nuestro pueblo y a nuestro Alcalde.
    La bajeza de está mujer ya no puede caer más bajo.

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  3. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  4. Esto ya huele de mas con el machismo, ah y mucho respecto hacia el colectivo feminismo.

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  5. Por favor, que los mensajes pasen por un filtro gramatical, sintáctico y semántico. Es que muchas veces no hay quien los entienda. Y no pido un nivel de bachillerato, tan sólo de ESO.
    Mucho entender de tecnología, pero redactar , de pena no, de denuncia. Es mi opinión.
    Las siguientes generaciones ya ni me las imagino, escribirán tal cual oigan fonéticamente.
    Qué p. hacen en clase de Lengua española. Y estamos en territorio sin otras lenguas vernáculas.
    Pero claro, mientras nos entendamos, fuera la escritura. Pa' qué???????
    Y me da igual colectivo feminista, andrógino, o androide...
    Echemos un vistazo a la lengua española bien escrita, POR FAVOR.
    PERO ESTO NO ES NINGUNA NOTICIA, DE HECHO LOS ESCRIBIENTES DEBEN TENER MÁS DE TREINTA AÑOS.LO SIENTO POR ELLLOS, NO leen??? Flaco favor le harán a su prole.
    Perdonen pero no lo soporto



    LUIS DE GÓNGORA Y ARGOTE (investiguen su vida y obra, please)

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    1. Vamos a escribir en este blogs, solo los que tú quieras y si escribes detrás de un anónimo, mejor que mejor.

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