miércoles, 20 de mayo de 2020

Ayudas de emergencia destinadas a personas en situación de dificultad económica y social. Llegaran muy tarde para ser de "emergencia".

    Decreto 15/2020, de 12 de mayo, por el que se regula la concesión directa de ayudas para cubrir necesidades básicas, como consecuencia de la crisis ocasionada por el covid-19 durante 2020. 

𝐏𝐥𝐚𝐳𝐨 𝐝𝐞 𝐩𝐫𝐞𝐬𝐞𝐧𝐭𝐚𝐜𝐢ó𝐧 𝐝𝐞 𝐬𝐨𝐥𝐢𝐜𝐢𝐭𝐮𝐝𝐞𝐬:
Del martes 19 mayo 2020 al viernes 31 julio de 2020

𝐎𝐛𝐣𝐞𝐭𝐨:
      La concesión directa, con carácter excepcional y por razones de interés público, social y humanitario durante 2020, de ayudas de emergencia excepcional, destinadas a hacer frente a las consecuencias sociales del COVID-19, en concreto a paliar situaciones de necesidad económica como consecuencia de la crisis sanitaria.

𝐃𝐞𝐬𝐭𝐢𝐧𝐚𝐭𝐚𝐫𝐢𝐨𝐬:
Unidades familiares formadas por la persona solicitante, y en su caso, su cónyuge o persona con relación análoga a la conyugal y los hijos, con independencia de su edad, que residan en la vivienda.

𝐑𝐞𝐪𝐮𝐢𝐬𝐢𝐭𝐨𝐬:
- Estar empadronada en algún municipio de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha con anterioridad a la declaración del estado de alarma.

- Que ninguno de los miembros de la unidad familiar tiene actividad laboral. Se entiende que una persona no tiene actividad laboral si no está dada de alta en ninguno de los regímenes de la Seguridad Social o Mutualidades Laborales, o que estando de alta se haya suspendido su actividad como consecuencia de la declaración del estado de alarma.

- Que ninguno de los miembros de la unidad familiar perciba pensión de la Seguridad Social o Mutualidad Laboral.

- Que los ingresos que percibe la unidad familiar en el mes anterior a la presentación de la solicitud sean inferiores a 425 euros.

- Que la suma de los saldos bancarios de los miembros de la unidad familiar es inferior o igual a 2.151,36 euros.

𝐈𝐦𝐩𝐨𝐫𝐭𝐞:
a) 300 euros por unidad familiar formada por un solo miembro, sin ingresos.
b) 350 euros por unidad familiar de dos y tres miembros, sin ingresos.
c) 400 euros para una unidad familiar formada por cuatro o más miembros, o familia monoparental o monomarental, sin ingresos.

d) 100 euros para una unidad familiar formada por un solo miembro, con ingresos.
e) 150 euros para una unidad familiar formada por dos o más miembros, con ingresos.

𝐂𝐫𝐢𝐭𝐞𝐫𝐢𝐨𝐬:
Estas ayudas serán concedidas de forma directa, mediante la prelación temporal de las solicitudes presentadas.

𝐃𝐨𝐜𝐮𝐦𝐞𝐧𝐭𝐚𝐜𝐢ó𝐧 𝐚 𝐚𝐩𝐨𝐫𝐭𝐚𝐫:
- Certificado de saldo bancario.
- Autorización de la persona titular de la cuenta bancaria donde se va a proceder a realizar el abono de la ayuda, cuando esta no sea la titular de la misma.

𝐋𝐮𝐠𝐚𝐫 𝐝𝐞 𝐩𝐫𝐞𝐬𝐞𝐧𝐭𝐚𝐜𝐢ó𝐧:
a) Mediante el modelo habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: https://www.jccm.es/sede/ventanilla/electronica/LDH , firmado de forma electrónica.
b) Mediante el modelo de presolicitud habilitado al efecto en la sede electrónica para aquellas personas que carezcan de firma electrónica.
c) De forma presencial en los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre:

• En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
• En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
• En las oficinas de asistencia en materia de registros.
• En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.


          No. No es mucha la cantidad la que destina este Decreto....pero bueno. Menos da una piedra. Además observo que si el plazo de finalización de solicitudes termina el 31 de julio por lo que ya les adelanto  que llegan ustedes tarde: más de tres meses para recibir la ayuda ¡es demasiado tiempo! para socorrer al enfermo si tenemos en cuenta que muchos están ya en fase terminal: dos meses y medio sin ingresar dinero no hay dios que lo aguante. 

        No se quien puñetas ha redactado este Decreto. Da la sensación de no estar en el mundo real: poco dinero, mucho papeleo y muchos meses para materializar la ayuda... LLAMÁNDOLAS DE EMERGENCIA. Más bien tiene pinta de limosna y la gente..... ¡¡no esta a estas alturas para limosnas!!




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