Una de las
circunstancias que incrementan la percepción de corrupción y su impunidad
reside en la larga tramitación de los procedimientos penales. La dilatación de
los procesos de instrucción y enjuiciamiento favorece la presencia en los
medios, de manera reiterada, de los episodios de corrupción y de sus
protagonistas sobre los que los medios de comunicación, en ocasiones, llegan a
montar investigaciones paralelas con los consiguientes juicios igualmente
paralelos.
En Estados
Unidos, el gran estafador (35.000 millones de euros) Bernard Madoff se le enjuició y dictó sentencia en
tan sólo seis meses.
¿Qué habría pasado en España? En primer término, no se le habría juzgado a él solo. La respuesta se remite a las reglas de conexión que propician las llamadas macro causas. Voluminosos procesos que, por imperativo hasta ahora de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, acumulan la instrucción y enjuiciamiento, por una parte, de varios delitos cometidos por una persona si están conectados entre sí, y por otra, la acumulación de varios delitos cometidos por varias personas, siempre conectados entre sí.
El problema
no es la conexión entre hechos delictivos, sino su traducción procesal, que
obliga a enlazar unos con otros en una cadena interminable que al final
perjudica más que beneficia a la causa de la justicia.
Si en otros países son posibles instrucciones rápidas y condenas contundentes se debe también a que el Fiscal tiene en el proceso penal una misión diferente a la que dispone en España. En nuestro país, el juez instructor dirige la investigación del delito, para lo que tiene atribuida la dependencia funcional de la policía judicial.
El Fiscal acusa, propone, pero no protagoniza la investigación. Este
sistema de Juez Instructor-Investigador es inédito prácticamente en Europa.
Todos los países de nuestro entorno, con modalidades diferentes, mantienen el
mismo patrón: el Fiscal investiga, el Juez se configura como una instancia de
garantías del encausado, que cuida no sólo de que se mantengan intactos los
derechos del investigado, sino que controla los plazos de instrucción del Fiscal y, en determinados casos, examina la procedencia de sus actuaciones en
el proceso.
No se han
llegado a saber las razones del por que el Código Procesal Penal no ha prosperado,
perdiéndose la gran oportunidad de actualizar nuestro sistema procesal penal,
cuya obsolescencia está en la raíz de la ralentización de las causas contra
corruptos. Causas que, a veces, recaen sobre Jueces inexpertos o con afanes de
protagonismo, que diseñan operaciones policiales que provocan un enorme ruido
mediático.
Además, los
aforamientos –aunque no impliquen impunidad- se contemplan como un privilegio
–y en cierto modo, lo son- porque restan poder a los Magistrados del Estado.
España es el país de Europa con más aforamientos: 17.621 según cálculos
fiables. El que fuera Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, llegó a
proponer que se limitasen a 22; la iniciativa no pasó de la mera intención.
La Comisión
Europea para la Eficacia de la Justicia elaboró en 2012 el siguiente informe:
- España fue el
sexto país europeo con mayor presupuesto público destinado a Justicia.
- En España, la
ayuda judicial es de 5,2 euros por habitante/año, por debajo de la media
europea de 6,8 euros.
- España cuenta
con 10,2 Jueces por cada 100.000 habitantes, frente a la europea de 21,3. Es
uno de los países con mayor número de Abogados por cada Juez: 26,7.
- Los salarios de los Jueces de Primera Instancia y Fiscales en España al principio de sus carreras fueron en 2010 de
47.494 euros brutos anuales, superando levemente la media europea de 46.056
euros.
- En 2010, los Fiscales españoles recibieron 4.474.042 casos, ocupando así el cuarto lugar de
Europa. España es el segundo país, con 1.858 casos de Primera Instancia
recibidos por cada Fiscal, después de Francia. La media europea es de 615 casos
por Fiscal.
En
definitiva, el rescate de la Justicia de la insuficiencia crónica que padece en
España, son medidas necesarias, entre otras razones, para estandarizarnos a los
países de nuestro entorno. Los datos parecen suficientemente expresivos.
La canción de hoy narra el estado amoroso con maestría, es un resumen de ese amor que ha de cimentarse en la sinceridad más absoluta. Tema “Sinceramente tuyo” del disco “Cada loco con su tema” de Joan Manuel Serrat en 1983
No escojas sólo una parte,
tómame como me doy,
entero y tal como soy,
no vayas a equivocarte.
Soy sinceramente tuyo,
pero no quiero, mi amor,
ir por tu vida de visita,
vestido para la ocasión.
Preferiría con el tiempo
reconocerme sin rubor.
Cuéntale a tu corazón
que existe siempre una razón
escondida en cada gesto.
Del derecho y del revés
uno sólo es lo que es
y anda siempre con lo puesto.
Nunca es triste la verdad,
lo que no tiene es remedio.
Y no es prudente ir camuflado
eternamente por ahí,
ni por estar junto a ti,
ni para ir a ningún lado.
No me pidas que no piense
en voz alta por mi bien,
ni que me suba a un taburete,
si quieres, probaré a crecer.
Es insufrible ver que lloras
y yo no tengo nada que hacer.
Cuéntale a tu corazón
que existe siempre una razón
escondida en cada gesto.
Del derecho y del revés,
uno sólo es lo que es
y anda siempre con lo puesto.
Nunca es triste la verdad
lo que no tiene es remedio.
....." el Juez se configura como una instancia de garantías del ENCAUSADO, que CUIDA no sólo de que se MANTENGAN INTACTOS los DERECHOS del ENCAUSADO".....
ResponderEliminarPues no me ha costado a mi discusiones con integrantes del club de fans del juez Garzón.... Y nada no hay manera de que lo entiendan.